Miguelturra: El juzgado de Paz cambia su ubicación

Miguelturra El juzgado de Paz cambia su ubicación

Actualmente se encuentra en la calle Carnaval nº 11 encima de las instalaciones del Mercado municipal

Ciudad Real Noticias.- El Juzgado de Paz de Miguelturra ha cambiado su ubicación y ahora se encuentra en el Edificio de Nuevas Tecnologías del Ayuntamiento, en la calle Carnaval nº 11 encima de las instalaciones del Mercado municipal y no, en la planta baja del Ayuntamiento.

Hay que recordar que este Juzgado tiene tres personas a su cargo, Domingo Mohedano, como Juez de Paz; José Luis Gil, como secretario y Ramón Arroyo, como auxilio judicial.

El Juzgado de Paz es un órgano judicial unipersonal que ejerce su jurisdicción en un municipio donde no existe un juzgado de primera Instancia e Instrucción y  donde  el municipio tenga  más de 7.000 habitantes como es el caso de Miguelturra.

Este Juzgado está atendido por un juez no profesional, que se conoce como Juez de Paz, que ejerce funciones jurisdiccionales y se encargan de resolver cuestiones de menor relevancia, siempre regulados por la Ley del Poder Judicial y que suelen ser juicios de falta.

Por su parte, el secretario judicial es un funcionario público que depende del Ministerio de Justicia, dentro del cual forman un alto cuerpo jurídico y están al servicio de la Administración de Justicia. Los secretarios tienen carácter de autoridad y dan fe Pública.

Entre las funciones del Juzgado de Paz está requerir, notificar, citar emplazar, al igual que tramitar expedientes de matrimonio, que incluyen los certificados de divorcio o separaciones. Todas sus funciones son actuaciones judiciales y en ningún caso administrativas, tampoco realizán nada que tenga que ver con trámites para conseguir la nacionalidad.

Asimismo, ofrecen un servicio relevante en materia de cooperación judicial al facilitar la comunicación de los demás órganos judiciales con los ciudadanos residentes en los municipios donde el Juzgado de Paz tiene su sede.

Según la ley 20/2011 del 21 de julio del Registro Civil, la solicitud de cualquier inscripción y la práctica de la misma se podrán efectuar en cualquiera de las Oficinas Generales del Registro Civil con independencia del lugar en el que se produzcan los hechos o actos inscribibles. Si se producen en el extranjero, la inscripción se solicitará y, en su caso, se practicará en la Oficina Consular de la circunscripción correspondiente.

En este último caso, la inscripción también se podrá solicitar y practicar en cualquiera de las Oficinas Generales.

Si bien, un juzgado de Paz no está para asesorar, lo tienen terminantemente prohibido, pero si, que tal y como viene recogido en la Carta del Ciudadano ante la justicia, éste tiene derecho a que se le expliquen los procedimientos y los requisitos. Lo que si les aporta el Juzgado de Paz en todos estos procedimientos es cercanía.

Fuente: Área de Comunicación Social Ayuntamiento de Miguelturra
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