Patinetes bajo control: Tráfico activa el registro obligatorio con multas de hasta 800 euros

El Gobierno ha dado un paso decisivo en la regulación de la movilidad urbana. El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros (VMP), una herramienta clave que hace obligatoria la inscripción de todos los patinetes eléctricos que circulen por las vías urbanas españolas.

La norma, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, da cumplimiento a la Ley 5/2025, de 24 de julio, que introdujo la obligatoriedad de asegurar todos los vehículos de movilidad personal, una exigencia que permanecía pendiente de aplicación hasta la puesta en marcha de este registro.

Con esta medida, la Dirección General de Tráfico (DGT) culmina el marco legal que permitirá identificar, asegurar y controlar más de cuatro millones de patinetes eléctricos que, según las estimaciones oficiales, circulan actualmente por las ciudades españolas.

Registro obligatorio como paso previo al seguro

Desde esta semana, todos los propietarios de patinetes eléctricos —o sus tutores legales, en el caso de menores— están obligados a inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos, un trámite imprescindible para poder contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil.

La inscripción se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT, donde el usuario deberá facilitar los datos del titular y del vehículo. Para quienes necesiten asistencia, el teléfono 060 ofrece apoyo durante todo el proceso.

Una vez completado el trámite y abonada la tasa administrativa correspondiente, la DGT expedirá un certificado digital de inscripción, documento que acredita la legalidad del VMP y permite al titular adquirir la etiqueta identificativa oficial.

Etiqueta identificativa: visible y obligatoria

El nuevo sistema de control incorpora una etiqueta identificativa única, similar a una matrícula reducida, que deberá colocarse obligatoriamente en el porta-identificador del patinete.

En el caso de los VMP certificados, esta etiqueta se situará en el espacio diseñado por el fabricante. Para los patinetes no certificados, deberá colocarse en un lugar visible del vehículo.

Esta identificación permitirá a las fuerzas de seguridad verificar de forma inmediata si el patinete está registrado y asegurado, reforzando la seguridad vial y la convivencia en el espacio urbano.

Dos tipos de patinetes: certificados y no certificados

La normativa distingue claramente entre dos categorías de VMP:

1. Patinetes con certificado de circulación

Son los vehículos que cumplen los requisitos del Manual de Características de los VMP, que establece estándares mínimos de calidad, durabilidad y seguridad.

  • Desde el 22 de enero de 2024, solo pueden comercializarse patinetes de este tipo.

  • Incorporan una placa de marcaje de fábrica, única, permanente y legible.

  • Para su registro es necesario aportar el número de certificado y el número de serie, visibles en la placa y en la ficha técnica.

2. Patinetes sin certificado de circulación

Son aquellos que no cumplen los requisitos técnicos actuales y carecen de placa de marcaje.

  • Pueden seguir circulando solo de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027.

  • También deben inscribirse obligatoriamente en el registro y contar con seguro.

  • Para su inscripción bastará con aportar factura, ficha técnica o una fotografía del vehículo.

  • La identificación obtenida tendrá carácter temporal y perderá validez en 2027, fecha a partir de la cual estos VMP no podrán circular legalmente.

     

Multas de hasta 800 euros por incumplimiento

La nueva regulación viene acompañada de un régimen sancionador contundente. Según la Ley sobre responsabilidad civil y seguro:

  • Carecer de seguro obligatorio puede suponer multas de entre 202 y 610 euros.

  • Circular con un VMP sin seguro puede acarrear sanciones de entre 250 y 800 euros, dependiendo de si el vehículo es considerado VMP o vehículo a motor (más de 25 kg y más de 14 km/h).

Tráfico advierte de que los controles se intensificarán una vez el registro esté plenamente operativo.

Cambio de titularidad y baja definitiva

Como ocurre con el resto de vehículos, el cambio de titularidad de un patinete inscrito deberá comunicarse en un plazo máximo de 30 días, aportando la documentación oficial. La DGT emitirá un nuevo certificado digital manteniendo el número identificativo del vehículo.

En caso de retirada definitiva, la baja del VMP deberá realizarse en un centro autorizado de tratamiento de vehículos, que comunicará electrónicamente la destrucción al Registro Nacional de Vehículos.

Un nuevo escenario para la movilidad urbana

Con la puesta en marcha del Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros, el Gobierno busca ordenar el crecimiento descontrolado de los patinetes eléctricos, mejorar la seguridad vial y ofrecer garantías tanto a usuarios como a peatones.

La DGT trabaja además para que, en los próximos meses, el registro pueda realizarse directamente en el momento de la compra del patinete o a través de aseguradoras y colaboradores autorizados, facilitando así el cumplimiento de la nueva normativa.

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