La sociedad adjudicataria del Aeropuerto de Ciudad Real podría perder más de siete millones si no efectúa el pago de 58 millones restantes del precio de compra

La sociedad adjudicataria del Aeropuerto de Ciudad Real podría perder más de siete millones si no efectúa el pago de 58 millones restantes del precio de compra

Ciudad Real Noticias.- La empresa adjudicataria del aeropuerto de Ciudad Real, CR International Airport S.L. podría perder este jueves siete millones de euros –además de los 100.000 euros mensuales que viene abonando por gastos de funcionamiento desde 2016– si no firma en unas horas las escrituras de la infraestructura y abona los 58 millones de euros restantes del precio de compra.

Según han explicado fuentes cercanas al procedimiento, a las diez de la mañana de este jueves aún no se ha producido ninguno de los dos requisitos para que no se produzca la pérdida del dinero abonado ya que el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, Carmelo Ordóñez, dio como fecha limite para hacerlo el 19 de abril en una segunda ampliación.

En su momento, la empresa aseguró que el retraso se había debido a “cuestiones relacionadas con el cumplimiento normativo en las transacciones internacionales y la coincidencia de las fechas festivas”, lo que les llevó, de común acuerdo con la administración concursal del aeropuerto, a pedir al juez esa segunda ampliación el pasado 18 de marzo.

En caso de que se efectúe el pago en unas horas, el juzgado acordará de manera inmediata la publicación en el BOE de CR International Airport S.L. como nueva propietaria, promotora y gestora del aeropuerto. Además, se validará judicialmente el borrador de escritura notarial de compraventa de la infraestructura, que fue remitido al juzgado el pasado 16 de febrero.

En el caso de que no haya pago, o al menos la verificación debidamente constatada de la transferencia del precio y la firma de la escritura, “se dará por finalizado el proceso de venta actual con la pérdida de todas las cantidades entregadas por la compradora y la consiguiente obligación de pago de las cantidades que se adeudan a esa fecha la compradora”, indicó el juez en su último auto.

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