El delito del odio, herir la sensibilidad y los sentimientos religiosos, cada vez son menos delitos en los juzgados españoles. La libertad o “libertinaje”, y la libertad de expresión se imponen ante dichos sentimientos.
Ciudad Real Noticias.- El Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid ha absuelto a las dos activistas de Femen de un delito de odio y contra los sentimientos religiosos que se encadenaron con el torso desnudo el 13 de junio de 2014 al altar mayor de la Catedral de la Almudena de Madrid en una protesta a favor del aborto.
En la sentencia, el juez rechaza que ambas cometiesen tales delitos, de los que las acusaban la Asociación de Abogados Cristianos y la Fiscalía, y señala que lo que hicieron fue únicamente “defender una idea, la del derecho al aborto”.